En relación con la transparencia de incidencias adversas en materia de sostenibilidad, de acuerdo con lo establecido en el art. 7 del Reglamento (UE) 2019/2088 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de noviembre de 2019 sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros, a continuación, detallamos cómo el Fondo tiene en cuenta las principales incidencias adversas sobre los factores de sostenibilidad.
El Fondo realiza inversiones directas en Compañías no cotizadas y en fases iniciales de lanzamiento de Productos. De acuerdo con nuestro Reglamento de Inversión, publicado por la CNMV y registrado en sus Libros con el número 105, son compañías que se apoyan en tecnologías de la información y digitales para hacer más eficiente y seguro el Sistema Energético. Esto incluye, por no limita, Compañías cuya tecnología permita gestionar de forma más eficiente los datos, proteger el Sistema y a sus Operadores de ataques cibernéticos, desarrollar Aplicaciones de optimización de consumos, integración de fuentes de generación energética renovables de forma eficiente en el Sistema, flexibilización de los consumos, etc.
Por tanto, no se trata de compañías cuya actividad sea homogénea y vaya a tener un impacto directo en el sistema, sino que son compañías que habilitan a los Operadores del Sistema energético a operarlo de forma más segura, predecible y eficiente. Es por ello que no nos adherimos a un “benchmark” – o índice de referencia – sino que elaboraremos nuestro panel de criterios específico para cada Compañía en el Portfolio.